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certificado de instalación eléctrica CIE boletín

Certificado de instalación eléctrica (CIE o boletín): qué es y quién lo firma

11 de octubre de 20264 min de lectura

El certificado de instalación eléctrica (CIE o boletín): qué contiene, quién lo firma, cuántas copias se presentan y por qué sin él no hay luz.

El certificado de instalación eléctrica, conocido como CIE o boletín, lo emite la empresa instaladora al terminar la obra y lo firma un instalador en baja tensión de esa empresa (REBT, art. 18; ITC-BT-04, apdo. 5.4). Con la copia diligenciada por la Comunidad Autónoma, el titular pide el suministro: sin ella la distribuidora no conecta.

Qué es el certificado de instalación

El procedimiento que fija el REBT para poner una instalación en servicio tiene cinco pasos, y el certificado es el cuarto (REBT, art. 18.1):

  1. Documentación técnica previa: proyecto o memoria técnica de diseño.
  2. Verificación por el instalador, con la supervisión del director de obra si lo hay.
  3. Inspección inicial por un organismo de control, cuando la ITC lo exija.
  4. Certificado de instalación, emitido por la empresa instaladora, que declara que la instalación cumple el REBT y la documentación técnica y justifica las variaciones.
  5. Depósito del certificado y la documentación ante la Comunidad Autónoma, para registrar la instalación.

Quién lo firma

Lo suscribe un instalador en baja tensión que pertenezca a la empresa instaladora, en el modelo oficial (ITC-BT-04, apdo. 5.4). No lo firma el organismo de control, ni el titular, ni la distribuidora. Cada documento del procedimiento tiene su firmante:

Documento o trámiteQuién lo haceFuente
ProyectoTécnico titulado competenteITC-BT-04, apdo. 2.1
Memoria técnica de diseñoLa empresa instaladora de la categoría correspondiente o un técnico titulado competenteITC-BT-04, apdo. 2.2
Verificación previaLa empresa instaladora que ejecuta la instalaciónITC-BT-05, apdo. 2.1
Dirección de obra, si hubo proyectoTécnico titulado competenteITC-BT-04, apdo. 5.1
Inspección inicial, cuando procedeOrganismo de controlITC-BT-05, apdo. 2.2
Certificado de instalaciónInstalador en baja tensión de la empresa instaladoraITC-BT-04, apdo. 5.4
Registro y diligenciadoComunidad AutónomaITC-BT-04, apdo. 5.5
Conexión del suministroDistribuidora, con la copia diligenciadaREBT, art. 18.3

Además, la empresa instaladora no puede facilitar, ceder ni enajenar certificados de instalaciones que no haya realizado ella (ITC-BT-03, apdo. 5.9).

Qué contiene el certificado

El certificado se redacta según el modelo establecido por la Administración e incluye, al menos (ITC-BT-04, apdo. 5.4):

  • Los datos de las principales características de la instalación.
  • La potencia prevista.
  • La referencia del certificado del organismo de control con resultado favorable, si hubo inspección inicial.
  • La identificación del instalador responsable y de la empresa.
  • La declaración expresa de que la instalación se ha ejecutado de acuerdo con el REBT y, según corresponda, con el proyecto o la memoria técnica de diseño.

El modelo de la Guía técnica añade los datos del titular y del emplazamiento, la tensión, la sección de la línea general de alimentación y de la derivación individual, el grado de electrificación y la superficie en viviendas, la sensibilidad del interruptor diferencial y la resistencia de la tierra de protección (Guía técnica BT-04, modelo de certificado).

Junto al certificado va el anexo de información al usuario: unas instrucciones de uso y mantenimiento con, como mínimo, el esquema unifilar con las características de los equipos y un croquis del trazado (REBT, art. 19).

Proyecto o memoria técnica: qué documentación lleva detrás

Necesitan proyecto, entre otras (P es la potencia prevista según la ITC-BT-10; ITC-BT-04, apdo. 3.1):

  • Industrias en general: P superior a 20 kW.
  • Viviendas unifamiliares: P superior a 50 kW.
  • Edificios de viviendas, locales comerciales y oficinas que no sean de pública concurrencia: P superior a 100 kW por caja general de protección.
  • Locales de pública concurrencia y quirófanos: sin límite de potencia.
  • Alumbrado exterior y piscinas: P superior a 5 kW.

Todo lo que no esté en esos grupos se documenta con memoria técnica de diseño (ITC-BT-04, apdo. 4). Si una instalación encaja en varios grupos, se aplica el criterio más exigente (ITC-BT-04, apdo. 3.3). Una vivienda unifamiliar de 30 kW lleva memoria técnica; un edificio de viviendas con una sola CGP y 85 kW, también.

Tramitación: copias y registro

En papel, el certificado se presenta ante la Comunidad Autónoma por quintuplicado, con el anexo de información al usuario y el proyecto o la memoria técnica, más el certificado de dirección de obra y el de inspección inicial si proceden (ITC-BT-04, apdo. 5.5).

La Comunidad Autónoma devuelve cuatro copias diligenciadas: dos para la empresa instaladora y dos para la propiedad, que se queda con una y entrega la otra a la compañía eléctrica. Por medios electrónicos basta una única copia (ITC-BT-04, apdo. 5.5).

Puesta en servicio: sin certificado diligenciado no hay luz

El titular pide el suministro entregando su ejemplar del certificado. La distribuidora puede hacer verificaciones a su cargo: si el aislamiento o las corrientes de fuga no cumplen la ITC-BT-19, no conecta y levanta un acta que firma también el titular (ITC-BT-04, apdo. 6). Sin el certificado diligenciado la distribuidora no puede conectar una instalación nueva, salvo un suministro provisional autorizado por resolución motivada de la Comunidad Autónoma (REBT, arts. 18.3 y 18.4).

Después del certificado: inspecciones

Algunas instalaciones pasan inspección inicial por organismo de control antes de documentarse: industrias con proyecto de más de 100 kW, locales de pública concurrencia, locales mojados de más de 25 kW, piscinas de más de 10 kW, quirófanos y alumbrado exterior de más de 5 kW, entre otras (ITC-BT-05, apdo. 4.1). Las que la tuvieron repiten cada 5 años, y las comunes de edificios de viviendas de más de 100 kW cada 10 (ITC-BT-05, apdo. 4.2).

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Preguntas frecuentes

¿Qué es el certificado de instalación eléctrica, el CIE o boletín?

Es el documento que emite la empresa instaladora al terminar la obra y que declara que la instalación cumple el REBT y la documentación técnica (proyecto o memoria técnica de diseño), justificando las variaciones. Se deposita ante la Comunidad Autónoma para registrar la instalación (REBT, art. 18.1).

¿Quién firma el certificado de instalación?

Lo suscribe un instalador en baja tensión perteneciente a la empresa instaladora, en el modelo oficial (ITC-BT-04, apdo. 5.4).

¿Puede la distribuidora dar luz sin el certificado diligenciado?

No. Sin la copia diligenciada la distribuidora no conecta, salvo un suministro provisional autorizado por la Comunidad Autónoma mediante resolución motivada (REBT, arts. 18.3 y 18.4).

¿Cuántas copias del certificado se presentan?

En papel, por quintuplicado; la Comunidad Autónoma devuelve cuatro copias diligenciadas, dos para la empresa y dos para la propiedad. Por medios electrónicos basta una única copia (ITC-BT-04, apdo. 5.5).

¿Qué instalaciones necesitan proyecto y cuáles memoria técnica de diseño?

Necesitan proyecto, entre otras, las industrias de más de 20 kW, las viviendas unifamiliares de más de 50 kW, los edificios de viviendas de más de 100 kW por CGP y los locales de pública concurrencia sin límite de potencia. El resto se documenta con memoria técnica de diseño (ITC-BT-04, apdos. 3.1 y 4).

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